Cerca de la playa
Residencial Urbano
Vista al mar

Casa | Reventa en Estepona

425.000 €
Estado:Expired
Estepona, Costa del Sol
Listado en:18 de septiembre de 2025
Última actualización:27 de septiembre de 2025
3 camas
2 balneario
125 m2 interiores
23 terraza m²

Descripción general

Casa adosada con impresionantes vistas al mar en la urbanización Punta Doncella
Avenida del Carmen, Estepona

Esta urbanización, bien conservada y construida en 1976, goza de una ubicación privilegiada a tan solo 400 metros del puerto de Estepona y a unos 81 km del aeropuerto de Málaga. La popular playa de Playa del Cristo se encuentra a tan solo 3 minutos a pie, a unos 300 metros de la vivienda. La parada de autobús está justo debajo de la urbanización, lo que facilita el acceso a la zona.

El barrio ofrece una amplia selección de excelentes restaurantes a poca distancia. El actual propietario adquirió la propiedad en 2011 y la ha utilizado como casa de vacaciones.

La casa se distribuye en tres plantas, con orientación suroeste, y cuenta con una superficie construida total de 125 m², además de una terraza de 23 m², según consta en los registros oficiales. En la planta baja se encuentran una cocina tradicional, un salón y un aseo de cortesía. El salón tiene acceso directo a la terraza y a la piscina comunitaria. La primera planta cuenta con dos dormitorios y un baño. El dormitorio principal incluye armarios empotrados y un balcón orientado al suroeste con impresionantes vistas al mar.

En la segunda planta, hay un dormitorio espacioso, un baño adicional y una gran terraza con vistas panorámicas a la playa y al mar Mediterráneo. Todos los dormitorios son lo suficientemente amplios como para alojar cómodamente camas dobles.

El salón-comedor tiene un diseño diáfano que crea un ambiente luminoso y espacioso. La comunidad también ofrece aparcamiento seguro y cerrado sin coste adicional. Las zonas comunes están bien mantenidas y la piscina vallada proporciona un entorno seguro y relajante, ideal para familias con niños.

La propiedad dispone de aire acondicionado.

Dado que la vivienda fue construida en 1976, no cuenta con licencia de primera ocupación, pero el ayuntamiento la ha autorizado para alquiler y dispone de licencia de alquiler en vigor.

Nota Simple
Parcela y vivienda marcada con el número cinco, en la Urbanización Punta Doncella, municipio de Estepona. Es de tipo D y consta de:

Planta baja: distribuida en salón-comedor, cocina, aseo y escalera de acceso a las plantas superiores.

Primera planta: distribuida en recibidor, dos dormitorios, baño y terraza.

Segunda planta: distribuida en dormitorio principal, aseo pequeño y amplia terraza.

La superficie construida y cubierta es de ciento veinticinco metros cuadrados, más veintitrés metros cuadrados de terraza. La parcela tiene una superficie aproximada de cincuenta metros cuadrados, de los cuales cuarenta están ocupados por la edificación, y el resto se utiliza como jardín.

Limita al suroeste con la parcela y vivienda número 6; al noreste con la parcela y vivienda número 4; y en los demás lados con la parcela de uso común.

La propiedad correspondiente a este número tiene una participación del 1,687 % en la parcela de uso común, registrada con el número 12.402.

Sin cargas relevantes.

Esta propiedad está SUJETA, DURANTE UN PERIODO DE CINCO AÑOS, al pago de cualquier posible liquidación complementaria por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Mediante autoliquidación, se ha abonado la cantidad de doce mil quinientos sesenta y ocho euros con setenta y un céntimos. Estepona. – NOTA NÚMERO: 1 MARGEN DE REGISTRO/ASIENTO: 7 VOLUMEN: 1.110 LIBRO: 862 PÁGINA: 207 FECHA: 11/08/2011

Esta propiedad está SUJETA, DURANTE UN PERIODO DE CINCO AÑOS, al pago de cualquier posible liquidación complementaria. Mediante autoliquidación, se ha abonado la cantidad de once mil quinientos cincuenta euros. Estepona. NOTA NÚMERO: 1 MARGEN DE REGISTRO/ASIENTO: 8 VOLUMEN: 1.110 LIBRO: 862 PÁGINA: 207 FECHA: 05/09/2011

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES: Este inmueble está sujeto, durante un período de cinco años, al pago del menor de los siguientes importes: a) el 3% del precio de transmisión, cuyo pago efectivo no se ha acreditado; b) el impuesto a pagar por el transmitente. Estepona. NOTA NÚMERO: 2 MARGEN DE REGISTRO/ASIENTO: 8 VOLUMEN: 1.110 LIBRO: 862 PÁGINA: 207 FECHA: 05/09/2011

Esta propiedad está sujeta, durante un período de cinco años, al pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en caso de que la exención solicitada no sea aplicable en la revisión correspondiente. Estepona. NOTA NÚMERO: 1 MARGEN DE REGISTRO/ENTRADA: 9 VOLUMEN: 1.110 LIBRO: 862 PÁGINA: 208 FECHA: 26/05/2016

Cuota mensual de la comunidad (agua incluida): 106 €

Información fiscal:

Impuesto anual para no residentes (UE/EEE):

IBI 2025: 283,34 €

Valor catastral: 66.876,88 €

Base imponible 2025: 120 €

Base imponible (2%): 1.337,54 €

Valor catastral 2025: 66.876,88 €

Impuesto sobre la renta para no residentes (19%): 254,13 €

Valor de referencia 2024: 230.738,76 €



Documentos disponibles

Datos legales.

Nota simple.

Datos catastrales
Escritura
Certificado de no infracción urbanística
Poder notarial
Pase / NIE
Información fiscal.

IBI 2025
Basura 2025
Estimación Plus Valia
Certificado de Valor de referencia Apartamento
Certificado energético.

Certificado energético
Servicios.

Factura de electricidad
El agua está incluida en los gastos de comunidad.
Comunidad de propietarios

Datos de contacto de la URB.
Certificado de deuda de la URB
Acta P Doncella 11-05-2023
Limitación de la URB sobre alquileres a corto plazo y procedimientos de aprobación.
Listado de inventario N/D
Licencia de alquiler

Confirmación de no LPO
LPO (Ligera) Alquiler
VFT

Proceso de venta. Cuando un comprador tiene la intención de adquirir la propiedad, el comprador y el vendedor firman un contrato de reserva. Posteriormente, el comprador abona una fianza de reserva de 6.000 euros a la cuenta del representante legal o a la agencia inmobiliaria. Una vez firmado el contrato de reserva, el vendedor entrega al comprador la documentación necesaria para la debida diligencia.


Una vez finalizada la debida diligencia y alcanzado el acuerdo final entre las partes, el vendedor y el comprador firman un contrato privado que especifica los términos y condiciones acordados. El comprador abona el 10 % del precio de compra, menos la fianza de reserva, a la cuenta del representante legal.


Tradicionalmente, el representante legal del comprador convoca una cita para la firma de las escrituras públicas ante notario y prepara las nuevas escrituras junto con los representantes del vendedor. El método de pago habitual es mediante cheque bancario al firmar las escrituras.


El comprador correrá con todos los gastos administrativos del cambio de titularidad, excepto el impuesto local Plus Valia, que correrá a cargo del vendedor. Si el vendedor no reside en España, el Plus Valia se deducirá del precio de compra y el comprador se hará cargo del pago.


Retención del 3 % del impuesto de no residencia sobre el precio de compra. Si el vendedor no reside en España, se deducirá el 3 % del impuesto de no residencia sobre el precio de compra y el comprador se hará cargo del pago. Al declarar el vendedor la ganancia o pérdida de la venta, el 3 % del impuesto de no residencia se deducirá del impuesto sobre las ganancias de capital. Si la retención del 3 % es superior al impuesto sobre las ganancias de capital, la Agencia Tributaria abonará la diferencia al vendedor. Si la retención del 3 % es inferior al impuesto sobre las ganancias de capital, el vendedor deberá abonar la diferencia a la Agencia Tributaria.


Los honorarios del agente inmobiliario normalmente se deducirán del precio de compra y la factura la pagará el representante legal del comprador. Generalmente, esto quedará estipulado en las escrituras.


Cada parte paga sus propios gastos legales.


Normalmente, las partes acuerdan un prorrateo de los gastos prepagados, como el IBI, etc.


El comprador tendrá dos semanas para cambiar los contratos de servicios públicos.


El vendedor deberá cancelar el seguro del hogar, internet, etc., salvo que las partes hayan acordado lo contrario.


Finalmente, el comprador realizará el cambio de titularidad en el registro de la propiedad.


El vendedor está obligado a proporcionar un certificado energético válido para la propiedad.


Artículo 1454 del Código Civil español

“Si en un contrato de compraventa se ha efectuado una señal o depósito, el comprador podrá resolver el contrato renunciando a dicha señal o depósito, o el vendedor podrá devolver el doble de la cantidad”.


Pagos.

Precio: 425 000,00 €
Gastos de reserva: 6 000,00 €

Pago inicial (10 %): 42 500,00 € - 6 000,00 € = 36 500,00 €

Impuesto sobre la renta para no residentes (3 %): 12 450,00 €

Impuesto sobre la renta (estimado): 877,84 €

Impuesto final: 369 172,16 €

El comprador.

Si el comprador no reside en España, debe solicitar un NIE (Número de Identificación Fiscal) español. Este trámite puede ser realizado por su representante si el comprador ha otorgado un poder notarial.

Se recomienda encarecidamente que el comprador solicite un certificado digital de identificación, lo que simplificará la comunicación con la administración tributaria española.

Si el comprador no reside en España, se recomienda que abra una cuenta bancaria española para el pago automático de servicios públicos e impuestos.



Coste de la transacción para el comprador.

Precio: 425 000,00 €
Impuesto de transmisiones patrimoniales (7 %): 29 750,00 €

Honorarios notariales (estimados): 900,00 €

Registro de la propiedad (estimado): 800,00 €

Gastos administrativos (estimados): 4 000,00 €

Coste total: 460 450,00 €
Gastos de transacción (% del precio de compra): 8,34 %

Hipoteca y tasación

Si el comprador necesita una hipoteca para financiar la compra, es obligatorio que el banco encargue una tasación a un tercero autorizado. Normalmente se trata de un arquitecto técnico con licencia válida para realizar tasaciones. Tras la crisis inmobiliaria de 2008, las tasaciones suelen ser bastante conservadoras y a menudo se sitúan entre un 10 % y un 15 % por debajo del precio de venta real. El banco normalmente aprobará una hipoteca del 70 % de la tasación. Si la tasación es superior al precio de venta, el banco utilizará el valor más bajo.

La tasación la solicitará el banco en nombre del comprador, quien deberá abonar los gastos. El coste puede rondar los 400 euros para un piso normal.

Además, se aplicarán los gastos de notaría, registro de la propiedad, impuesto de transmisiones patrimoniales y comisión bancaria por la hipoteca.


Impuesto de transmisiones patrimoniales.

Actualmente, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) para inmuebles en Andalucía es del 7 % del valor más alto entre el precio de compra y el valor de referencia.

El vendedor.

El vendedor está sujeto a una retención fiscal del 3 % para no residentes, que se deduce del precio de venta. El comprador deberá abonar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IVA).

Detalles del edificio

Fecha de finalizaciónenero de 1976
Número de plazas de aparcamiento1